COMEDOR ESCOLAR

 

SOLICITUD DE AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR CURSO 2026/2027- PERIODO DE SEPTIEMBRE (Alumnos de nueva matriculación)

Las ayudas de comedor escolar podrán solicitarse para los alumnos que cursen segundo y tercer curso del primer ciclo de educación infantil, el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y educación especial en centros docentes públicos que dispongan del servicio de comedor escolar y que cumplan los siguientes requisitos:

BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD TOTAL:
a) Gratuidad por renta: la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar en el periodo
impositivo 2024 no excede en cómputo anual el doble del IPREM, fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 prorrogados a 2026 en 8.400 € (es decir, dichos ingresos no superan 16.800 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa.
b) Alumnos con discapacidad igual o superior al 33%, adjuntado copia de la tarjeta acreditativa o la autorización para la comprobación de dicha condición.
c) Familias numerosas de categoría especial, cumplimentando en la solicitud el número de título de
familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra Comunidad Autónoma, se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor.
d) Alumnos que se encuentren en acogimiento familiar o residencial, acreditándolo adjuntando copia de la Resolución judicial o Certificado de la Comisión de Tutela.
e) Solicitante en condiciones especiales de género, circunstancia que se acreditará adjuntando copia de la orden de protección a favor de la víctima, o copia del informe del Ministerio Fiscal o copia de certificado de los Servicios Sociales o Sanitarios de la administración autonómica o local.
f) Alumnos víctimas de terrorismo, que se acreditará adjuntando copia del informe del Ministerio de Interior, de la resolución de reconocimiento de la Administración General del Estado o de sentencia judicial firme.
g) Situación carencial específica, que se acreditará adjuntando copia de informe por los Servicios Sociales.

BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 75%:
a) Gratuidad parcial por renta: : alumnos que pertenezcan a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2024 no exceda en cómputo anual de 2,5 veces el IPREM (es decir, dichos ingresos no superan 21.000 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa.

BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 50%:
a) Gratuidad parcial por renta: alumnos pertenecientes a unidades familiares en las que el resultado de la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2024 no exceda en cómputo anual 3 veces del IPREM (25.200 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa.
b) Familia numerosa de categoría general, cumplimentando en la solicitud el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra Comunidad Autónoma, se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor.

PLAZO EXTRAORDINARIO DE PRESENTACIÓN DE AYUDAS: Del 1 al 22 de septiembre de 2026 
ambos incluidos.
Las solicitudes podrán presentarse por dos vías:

  • SOLICITUD PRESENCIAL: los padres o tutores presentarán la solicitud de ayudas en el impreso a su disposición en la Secretaría del centro y en el Portal de Educación, debidamente cumplimentado y firmado, donde se sellará y entregará el resguardo de presentación.
  • SOLICITUD VÍA INTERNET: los padres registrados que lo deseen podrán acceder a su solicitud entrando en la aplicación en la dirección https://comedoresescolares.jcyl.es/ y cumplimentado los datos requeridos siguiendo los pasos que se indican en la Guía de Ayudas a su disposición en la propia aplicación. La solicitud se confirmará y enviará telemáticamente junto con la documentación adjuntada y quedará a la espera de su validación por el centro. También podrá, a través de la aplicación, cumplimentar su solicitud en la aplicación, imprimirla y presentarla posteriormente en el centro junto con la documentación necesaria.

Podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud accediendo a la Aplicación de Comedores Escolares, pudiendo descargarse una nota informativa, o bien consultando en su centro educativo:
- Propuesta de Solicitud de Ayudas: (Primera semana de octubre 2025) se informará del resultado de la misma, entregándose una notificación individualizada. En caso de ayuda parcial, propuesta desestimatoria o documentación incompleta se informará de las causas y se concederá un periodo de 10 días para subsanaciones.
- Resolución de Ayudas (antes del 25 de octubre): se informará del resultado de la misma, entregándose notificación individualizada, informando de las causas en caso de ayuda parcial o resolución desestimatoria.

MÁS INFORMACIÓN: PINCHE AQUÍ

FUNCIONAMIENTO:

  • En septiembre y junio: De 13 a 15 horas.
  • De octubre a mayo: de 14 a 16 horas.
  • Si un alumno/a no va asistir al comedor un día debe de llamar al 983 327 850 (012) antes de las 9.30h de la mañana de ese día para que no cobren el comedor (ni a la familia, ni al colegio ).
  • El comedor se organiza en un turno en la actualidad. Si más adelante, hubiera mas demanda, se establecerían 2 turnos de comedor. 
  • Los familiares que vayan a recoger a los alumnos deben de estar en la puerta del colegio 5 minutos antes de la hora de recogida asignada.
  • Si una familia se retrasa de forma continua, se la llamará al orden y se tomarán las medidas oportunas.

 

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